Un trabajador del OOAA Agencia Tributaria solicitó el día 17 de abril autorización a su Servicio de
Coordinación Administrativa para faltar al día siguiente a primera hora por análisis clínicos y pruebas médicas. En ese momento se le comunica telefónicamente por parte de su Jefa directa que los análisis
clínicos lo correcto es hacérselos de mañana, pero para hacerse las pruebas médicas, si no se las
realiza por la tarde o fuera del horario de trabajo, deberá aportar un justificante que deberá solicitar
en el ambulatorio médico, donde indiquen por qué no es posible hacérsela por la tarde. La prueba
médica es un electrocardiograma. El trabajador, absolutamente sorprendido, pregunta a su jefa porqué un Servicio de Coordinación Administrativa del lugar donde trabaja, tiene que interferir en decisiones médicas sobre cuándo se le piden a un paciente determinadas pruebas sean las que sean, en la seguridad de que la salud está por encima de otras consideraciones.
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