El Juzgado de lo Social ha desestimado la demanda interpuesta por este sindicato en el que solicitábamos la inclusión en el censo electoral de más de 1.600 alumnos-trabajadores de los Programas de Obras y Servicios, Talleres de Inserción Ocupacional Municipal, Talleres de Empleo y Escuelas Taller. El juez estima en su sentencia, ante la que no cabe recurso, que este colectivo no reúne los requisitos necesarios para ser considerados trabajadores de la empresa. CGT está estudiando la posibilidad de llevar a cabo nuevas acciones en relación a este asunto del que te mantendremos puntualmente informado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario