lunes, 13 de octubre de 2014

El Supremo confirma que el interino por vacante debe negociar su despido

El trabajador de un ayuntamiento que ocupe una plaza como de interino por vacante -es decir, con un contrato temporal y sujeto, por tanto, al cumplimiento del término pactado- tiene derecho a que su despido siga el procedimiento que marca la reforma laboral, sin que baste con la simple decisión del consistorio de amortizar su plaza.

Así lo recoge una reciente sentencia del Tribunal Supremo, con fecha de 23 de junio de 2014, de la que es ponente el magistrado Gullón Rodríguez, en la que el Alto Tribunal sigue perfilando su nueva doctrina sobre este tipo de empleados públicos. (*Fuente: www.eleconomista.es)

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